CONTRATO DE LOCACIÓN TEMPORARIA
Bajo las condiciones estipuladas en las cláusulas insertas en el presente contrato de locación y que las partes conocen y aceptan se celebra este CONTRATO DE LOCACIÓN DE VIVIENDA AMOBLADA PARA FINES DE VACACIONES O TURISMO:
SEGUNDA: LA FINCA LOCADA sólo podrá destinarse a vivienda con fines turísticos de LA PARTE LOCATARIA y su grupo conviviente con un máximo de.......personas. Si se comprobara una ocupación mayor, y solo con previa autorización de LA PARTE LOCADORA, se cobrará un alquiler de $..........por día y por cada persona que exceda las permitidas Están prohibidas cualesquiera sublocaciones y/o transmisiones, parciales o totales, transitorias o permanentes, gratuitas u onerosas y en general, a todo título y el cambio del destino habitacional.
TERCERA: El alquiler por todo el plazo de este contrato, será de $..........(..........pesos) y se pagará por adelantado con las modalidades siguientes: a) en este acto $..........(..........pesos), sirviendo el presente contrato de recibo suficiente; b) el saldo de $..........(..........pesos) mas el depósito de garantía de $..........(..........pesos – puede ser cheque personal) y el seguro de limpieza del día de salida de $..........(..........pesos) contra entrega de la FINCA LOCADA . Si LA FINCA LOCADA fuera restituida en las mismas condiciones de orden y limpieza en que se recibe y sin roturas o faltantes el depósito de garantía y el seguro de limpieza serán reintegrados.
La PARTE LOCATARIA se obliga a traer sus propias sabanas y toallas Si no lo hiciera LA PARTE LOCATARIA deberá adquirir las mismas para poder seguir permaneciendo en LA FINCA LOCADA. Por ningún motivo se permitirá dormir directamente sobre los colchones o cubre colchones. Los acolchados, cubre colchones, colchones, almohadas, almohadones, cubre camas, frazadas, manteles, cortinas, tienen que ser devuelto en las mismas condiciones de limpieza en que se reciben, caso contrario se cobrará el costo de la tintorería.
CUARTA: El plazo improrrogable de este contrato será del..........de..........al..........de 2022 a las 10 hs. sin obligación de notificar el fenecimiento del plazo. LA PARTE LOCATARIA queda notificada en este acto, que LA FINCA LOCADA está destinada únicamente para fines de turismo y que al vencimiento de su período contractual, LA PARTE LOCADORA se obligó a entregarla a otros LOCATARIOS, que con los mismos fines turísticos lo sucederán. Por lo tanto el simple hecho de atraso en la restitución, acarrearía un enorme perjuicio a LA PARTE LOCADORA y al posterior LOCATARIO. Por estos fundamentos, queda pactada una cláusula penal a favor de LA PARTE LOCADORA, por un importe equivalente al 40% del alquiler pactado en el presente contrato, por la simple irrestitución de la FINCA LOCADA el día estipulado.
QUINTA: La entrega de la FINCA LOCADA se realizerá entre las 14 y las 16 hs. y hasta las 23 hs. del día de llegada. Pasada las 23 hs. no se realizarán entregas y LA PARTE
LOCATARIA perderá la noche sin derecho a reembolso
El día del vencimiento del contrato La PARTE LOCADORA recibirá las llaves de la FINCA LOCADA de la PARTE LOCATARIA a partir de las 08 hs. Por cada hora o fracción de demora en la restitución de LA FINCA LOCADA el día de salida (después de las 10 hs. o antes de las 08 hs.) se retendrá del depósito de garantía un recargo equivalente al 20% del alquiler diario y en el segundo caso (antes de las 08 hs.) se devolverá el depósito de garantía con transferencia bancaria dentro de las 48 hs. siguientes.
SEXTA: Para responder con el pago inmediato de las sumas dinerarias y demás cargas y hasta la restitución de LA FINCA LOCADA y pago de todas las obligaciones a su cargo, LA PARTE LOCATARIA entrega a LA PARTE LOCADORA e imputada a depósito en garantía, la suma de pesos $..........(..........pesos), que no devengará intereses Tendrá derecho LA PARTE LOCADORA a retener de este depósito en garantía, todas las sumas adeudadas por LA PARTE LOCATARIA que tengan como fuente esta locación.
SÉPTIMA: Los gastos por los consumos de agua corriente, energía eléctrica, gas, cable tv, WIFI e impuestos están incluidos en el alquiler. Si las compañías proveedoras fallan por cualquier motivo técnico en la provisión de los servicios, la reparación de los mismos no será responsabilidad del propietario y el inquilino deberá esperar hasta su normal reparación por parte de la empresa proveedoras.
OCTAVA: Al vencimiento del plazo será obligación de LA PARTE LOCATARIA, restituir LA FINCA LOCADA con su moblaje sin interpelación alguna, caso contrario deberá pagar a LA PARTE LOCADORA además de la cláusula penal estipulada, un sobre alquiler por la suma de $..........(..........pesos) por día, exigible por adelantado, hasta la devolución de LA FINCA LOCADA y el moblaje en perfectas condiciones, pactándose para su cobro, el procedimiento judicial ejecutivo. Los sobre alquileres por irrestitución de LA FINCA LOCADA y el moblaje son independientes del derecho de accionar, que tendrá LA PARTE LOCADORA, singular o pluralmente, en caso de incumplimiento de LA PARTE LOCATARIA. En todos los casos la mora será automática, sin pre interpelación alguna. Para preparar el procedimiento judicial ejecutivo, bastará este contrato, acta de constatación notarial del hecho o acto generador y liquidación por contador público certificando el monto adeudado que corresponda.-
NOVENA:
Queda prohibida toda modificación y/o mejoras voluntarias, en LA FINCA LOCADA.
DÉCIMA: LA PARTE LOCADORA no será responsable por los daños y/o perjuicios que se le produzcan a LA PARTE LOCATARIA o a terceros en sus personas y/o en sus bienes, por causa de roturas, desperfectos, cortocircuitos, filtraciones, derrumbes, incendios, inundaciones, averías y/o accidentes, robos y por otra cualesquiera causas, incluyendo las enumeradas en el Art. 1517 del Código Civil, ya que LA PARTE LOCATARIA toma a su cargo como riesgo propio, incluso el caso fortuito y la fuerza mayor, quedando liberada LA PARTE LOCADORA de las obligaciones de los Arts. 1514 a 1526 del Cód. Civil
LA PARTE LOCADORA pone a disposición de LA
PARTE LOCATARIA una caja de seguridad digital, pero no se hace cargo de eventuales
mal funcionamientos de la misma.
UNDÉCIMA: Se prohíbe a LA PARTE LOCATARIA depositar aun transitoriamente, materiales inflamables, tóxicos, peligrosos o contaminantes en LA FINCA LOCADA-
DUODÉCIMA: LA PARTE LOCADORA se reserva el derecho de Admisión y Permanencia y de inspeccionar LA FINCA LOCADA, personalmente o con terceros por él designados, en horas diurnas durante todo el plazo contractual. Se permiten visitas exclusivamente en horas diurnas.-
DECIMOTERCERA: Quedan constituidos los domicilios especiales, donde tendrán eficacia todas las notificaciones, sean extra o judiciales derivadas del presente contrato en los consignados en la cláusula PRIMERA.
DECIMOCUARTA: Las partes aceptan que para las notificaciones extrajudiciales se use la Carta Documento de y/o la entrega de carta original, contra firma de la copia por el destinatario, sin más formalidades, con obligación recíproca de recibirlas.-
DECIMOQUINTA: Para el caso de litigio, las partes se someterán a la competencia judicial, de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualesquiera otras. También renuncian al derecho procesal de recusación sin expresión de causa, del juez que deba conocer.-
DECIMOSEXTA: Cualquier incumplimiento contractual de LA PARTE LOCATARIA dará derecho a LA PARTE LOCADORA a rescindir este contrato y exigir al desalojo perdiendo LA PARTE LOCATARIA toda suma entregada y a exigir las cláusulas penales especiales y generales pactadas, acumulándose ambas.
DECIMOSÉPTIMA: Si el impuesto de sellos o timbres gravase este acto, sería pagado por la LAPARTE LOCATARIA.
DECIMOCTAVA: LA PARTE LOCATARIA deberá presentarse a recibir la entrega de LA FINCA LOCADA y pagar el saldo del alquiler e integrar el depósito dinerario en garantía, el día..........de..........de 2022. Si este día no cumpliese sus obligaciones este contrato quedará rescindido y como resarcimiento perderá la seña entregada, salvo previo acuerdo con LA PARTE LOCADORA.
DECIMONOVENA: LA PARTE LOCATARIA será absolutamente responsable por las cosas que reciba con LA FINCA LOCADA, sean moblaje u objetos incorporados separables y responderá por las pérdidas o averías sean consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor.
VIGÉSIMA: LA PARTE LOCATARIA TOMA CONOCIMIENTO EN ESTE ACTO DEL REGLAMENTO INTERNO ADJUNTO Y SE COMPROMETE A RESPETARLO
VIGÉSIMA PRIMERA: LA LOCACIÓN EN OBJETO ESTÁ VINCULADA AL PROTOCOLO COVID-19 DISPUIESTO POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES
VIGÉSIMA SEGUNDA: Se firman 2 (DOS) ejemplares idénticos, de un mismo tenor y a igual efecto,
Celebrado en.......... el día..........del mes de..........del año 202
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El Locador El Locatario
REGLAMENTO INTERNO
EL LOCADOR SE RESERVA EL DERECHO DE ADMISION Y PERMANENCIA
1. LA PROPIEDAD se recibe en buen estado de conservación debiendo ser restituido de la misma forma. Por el deterioro, rotura o pérdida de cualquier elemento, se deducirá del depósito el importe correspondiente al valor de reposición.
- El uso racional de las instalaciones implica cooperar en el mantenimiento y la limpieza de la PROPIEDAD y los espacios circundantes
- Queda terminantemente prohibido:
a. -El uso de cualquier tipo de armas dentro de la propiedad.
b. -El ingreso de animales que no haya sido debidamente autorizado y registrado al alojarse.
c. -Sacar de la PROPIEDAD cualquier mobiliario o elemento al exterior del mismo (sillas, almohadones, frazadas, toallones, cubiertos, etc.).
d. -Arrojar desperdicios, algodones, líquidos o sustancias inflamables y en general toda clase de objetos que por su tamaño o características puedan afectar las cañerías o provocar obstrucciones en las misma
- Se solicita respetar los horarios de descanso (hasta las 10:00, de 13:30 a 17:00 y después de las 22hs.) utilizando aparatos de radiotelefonía, televisión, instrumentos musicales y de resonancia con moderación
- Dada la necesidad de acondicionar La PROPIEDAD para los nuevos pasajeros el check out vence indefectiblemente a las 10 hs.
- Si al desocupar La PROPIEDAD se verificara vajilla sin lavar deberá abonar un cargo de lavado de $ 500.
- En ningún caso se permitirá el alojamiento de más personas de las previstas en el contrato de alquiler cualquiera sea la edad. Cualquier situación que altere esta disposición será considerada infracción debiendo la/las persona/as en exceso desocupar inmediatamente LA PROPIEDAD.
- Si se modificara la cantidad de pasajeros alojados deberá solicitarse con anterioridad expresa autorización, abonando la diferencia correspondiente a la cantidad de pasajeros.
Muchas Gracias
Teléfono de contacto
Roberto: 011 26361373